La Directiva 2009/54/CE armoniza la explotación y las condiciones de comercialización de las aguas minerales naturales en la Unión Europea (UE) y garantiza que estas sean seguras para el consumo humano.
-Las aguas minerales deben someterse a reconocimiento oficial:
•Las autoridades nacionales deben garantizar que el agua cumpla la legislación de la UE antes de reconocerla como agua mineral natural.
•Los países de la UE informarán a la Comisión Europea cada vez que se otorgue o retire dicho reconocimiento.
-Las aguas minerales importadas deben cumplir con los mismos criterios y estar certificadas al igual que las nacionales.
-Deben estar completamente sanas tanto en origen como en el momento de su comercialización. Está totalmente prohibido someterlas a ningún tratamiento que cambie su composición.
-Deben comercializarse etiquetadas correctamente: composición analítica, fuente y lugar de explotación, tratamientos aplicados
-Si una autoridad nacional considera que un agua mineral natural puede suponer un riesgo para la salud humana, podrá limitar e incluso prohibir su comercialización. En ese caso, deberá informar a los países de la UE y a la Comisión.
-Esta legislación no aplica a las aguas que se consideran medicamentos o con fines terapéuticos.
-La clasificación de las aguas según su residuo seco* (contenido de minerales disueltos en el agua expresado en mg/l), es la siguiente:
•Muy bajo contenido mineral. Residuo seco no mayor de 50 mg/l.
•Bajo contenido mineral. Residuo seco no mayor de 500 mg/l.
•Rico en sales minerales. Residuo seco mayor de 1.500 mg/l.
* La Directiva europea no hace ninguna mención a las aguas con un residuo seco comprendido 500 y 1500 mg/l, a diferencia de la legislación española que las clasifica como mineralización media.
Toda esta información queda detallada en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/LSU/?uri=CELEX:02009L0054-20090716
AGUAMUR, S.L. ha recibido una ayuda de la Unión Europea, con cargo al Fondo NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, destinada al proyecto de instalación fotovoltaica.
Esta actuación se enmarca en el programa de incentivos para el autoconsumo y almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como para la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, impulsado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y gestionado en la Región de Murcia.